El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad.
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad. Declaró inaplicable el artículo 1, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, por estimar que la exclusión total de ciertos delitos de las penas sustitutivas vulnera el principio de proporcionalidad, pues no se ajusta al quantum de la pena ni a la gravedad del ilícito, afectando la dignidad y la reinserción social. En cambio, rechazó la impugnación del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, al considerar que el legislador puede establecer un marco penal más restrictivo para delitos de armas, sin afectar la individualización judicial de la pena ni la igualdad ante la ley, dado el reproche adicional de tales ilícitos.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 19.968
artículo 17 B, de Convención Americana de Derechos Humanos
artículo 141, inciso tercero, de Código Penal
artículo 141, inciso cuarto, de Código Penal
artículo 141, inciso quinto, de Código Penal
artículo 142, de Código Penal
artículo 361, de Código Penal
artículo 362, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Puede un juez aplicar una pena sustitutiva a un condenado si la ley excluye totalmente el delito por el que fue condenado?
En este caso, el Tribunal Constitucional declaró inaplicable el artículo 1, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, por estimar que la exclusión total de ciertos delitos de las penas sustitutivas vulnera el principio de proporcionalidad, al no ajustarse al quantum de la pena ni a la gravedad del ilícito.
¿La exclusión de las penas sustitutivas afecta la reinserción social del condenado según el Tribunal Constitucional?
Según el resumen, el Tribunal Constitucional sostuvo que la exclusión total de ciertos delitos de las penas sustitutivas afecta la dignidad y la reinserción social del condenado, por lo que acogió parcialmente el requerimiento.
¿El legislador puede establecer un marco penal más restrictivo para los delitos de armas sin vulnerar la igualdad ante la ley?
En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó la impugnación del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, al considerar que el legislador puede fijar un marco penal más restrictivo para delitos de armas, dado el reproche adicional de tales ilícitos.
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