El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad cont…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que restringe las penas sustitutivas. La mayoría sostuvo que dicha norma es contraria a la Constitución, pues el derecho a punir no es absoluto y está limitado por la dignidad humana, la reinserción social y el uso racional de la privación de libertad, que debe ser la última opción. Estimó que la exclusión total de penas sustitutivas es desproporcionada e inequitativa, vulnerando los artículos 19 N° 3° inciso sexto y 19 N° 2° de la Constitución. Sin embargo, en la parte resolutiva, el tribunal consideró que, en el caso concreto, la norma cuestionada no impediría la aplicación de penas sustitutivas, pues el requirente podría exceder el umbral de cinco años y un día por la sumatoria de penas conforme al artículo 74 del Código Penal, por lo que rechazó la impugnación en lo específico.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 19, inciso primero, numeral 2, de Ley N° 19.537
Tribunal ConstitucionalINAPrincipio de proporcionalidad de la Penaley de control de armaspenas sustitutivasDeterminación de la penaReinserción socialIgualdad ante la Ley
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir de forma total las penas sustitutivas para ciertos delitos según la Ley 18.216?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que la exclusión total de penas sustitutivas es desproporcionada e inequitativa y contraria a la Constitución, pues el derecho a punir está limitado por la dignidad humana y la reinserción social. Sin embargo, rechazó la impugnación en lo específico porque la norma no impedía aplicar penas sustitutivas al caso concreto.
¿Cuándo el Tribunal Constitucional puede rechazar un requerimiento de inaplicabilidad aunque considere que la norma es inconstitucional?
En este caso, el tribunal acogió parcialmente el requerimiento en su fundamentación, pero lo rechazó en la parte resolutiva porque la norma no impediría las penas sustitutivas al requirente. Lo decisivo fue que la sumatoria de penas, conforme al artículo 74 del Código Penal, podía superar el umbral legal de cinco años y un día.
¿Puede la sumatoria de penas por varios delitos permitir acceder a penas sustitutivas que una norma restrictiva parecía excluir?
En este caso, el Tribunal Constitucional consideró que el requirente podría exceder el umbral de cinco años y un día al sumarse las penas conforme al artículo 74 del Código Penal. Por eso estimó que la restricción del artículo 1° de la Ley 18.216 no impedía aplicar penas sustitutivas en el caso concreto.
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