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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una exdocente…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una exdocente de la Municipalidad de Santiago, que consultó si podía percibir la indemnización del artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070 junto con la bonificación por retiro voluntario del artículo 2° transitorio de la ley N° 20.158. El organismo recordó que, mediante el dictamen N° 8.156, de 2011, que reconsideró el N° 44.766, de 2008, concluyó que ambos beneficios son incompatibles, aplicable solo hacia el futuro. Precisó que quienes, durante la vigencia de la doctrina anterior, solicitaron la indemnización de la ley N° 19.070 y tenían su petición pendiente a la fecha del nuevo criterio, tienen derecho a que se les pague conforme a la jurisprudencia vigente en el momento de su requerimiento. En consecuencia, si se cumplían esos requisitos, la municipalidad debe enterar la indemnización en esos términos.

Normas citadas

  • ley 19070 art/2 tran
  • ley 20158 art/2 tran
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Es compatible cobrar la indemnización de la ley 19.070 con la bonificación por retiro voluntario de la ley 20.158 para docentes municipales?

Según este dictamen de la Contraloría, ambos beneficios son incompatibles, criterio fijado en un pronunciamiento de 2011 que rige solo hacia el futuro. Por eso no procede percibirlos juntos desde ese criterio en adelante.

¿Qué pasa con las solicitudes de indemnización de la ley 19.070 que estaban pendientes cuando cambió el criterio sobre incompatibilidad?

La Contraloría precisó que quienes pidieron la indemnización antes del nuevo criterio y tenían su petición pendiente tienen derecho a que se les pague conforme a la jurisprudencia vigente al momento de su requerimiento. En esos casos la municipalidad debe enterar la indemnización.

¿Puede una municipalidad pagar la indemnización de la ley 19.070 a un docente que pidió el beneficio durante la doctrina anterior?

En este caso, la Contraloría sostuvo que, si el docente cumplía los requisitos y su solicitud estaba pendiente al cambiar el criterio, la Municipalidad de Santiago debe enterarle la indemnización conforme a la doctrina vigente cuando pidió el beneficio.

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