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El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad.

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019

Resumen

El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad. Declaró inaplicable el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye penas sustitutivas para ciertos delitos, por vulnerar los principios de proporcionalidad e igualdad ante la ley (artículo 19, N°2 y N°3, inciso sexto de la Constitución), al impedir al juez adecuar la pena al caso concreto. En cambio, rechazó la impugnación contra el artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, sobre control de armas, por estimar que no afecta derechos fundamentales, pues el legislador fijó un marco penal dentro de sus atribuciones, respetando la proporcionalidad y la igualdad, y que el control de armas es un bien jurídico constitucionalmente protegido.

Normas citadas

  • artículo 17B, de LEY 17.798 - ESTABLECE EL CONTROL DE ARMAS.
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINAPrincipio de proporcionalidad de la Penapenas sustitutivasley de control de armasIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social

Preguntas frecuentes

¿Puede un juez aplicar una pena sustitutiva a un delito de la Ley 17.798 si la ley lo prohíbe de forma general?

En este caso, el Tribunal Constitucional declaró inaplicable el inciso segundo del artículo 1° de la Ley 18.216 por vulnerar la proporcionalidad y la igualdad ante la ley, porque impedía al juez adecuar la pena al caso concreto. Con ello, el juez queda en condiciones de considerar penas sustitutivas en el caso analizado.

¿El marco penal fijado para el control de armas vulnera la proporcionalidad y la igualdad ante la ley?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó la impugnación contra el artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley 17.798. Estimó que no afecta derechos fundamentales, pues el legislador fijó el marco penal dentro de sus atribuciones y el control de armas es un bien jurídico constitucionalmente protegido.

¿Cuándo el Tribunal Constitucional acoge un requerimiento de inaplicabilidad en materia penal?

En este caso, el Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad. Lo acogió respecto de la exclusión de penas sustitutivas y lo rechazó respecto del marco penal de control de armas, por lo que cada norma se evaluó por separado.

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