Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema, a través de su Tercera Sala, conoció de una acción constitucional de protección interpuesta contra el Servicio Nacional de Migraciones por la omisión de pronunciarse sobre una solicitud de nacionalización. El recurrente alegó que la autoridad había vulnerado los principios de celeridad, conclusividad, economía procedimental e inexcusabilidad establecidos en la Ley N° 19.880, así como la garantía de igualdad ante la ley consagrada en la Constitución. La Corte constató que la autoridad había dilatado la respuesta más allá del plazo del artículo 27 de la Ley N° 19.880, incurriendo en una conducta ilegal y arbitraria. En consecuencia, se revocó la sentencia apelada y se acogió el recurso de protección, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones emitir una resolución dentro de sesenta días corridos. La decisión se adoptó con voto mayoritario, mientras el Ministro Gonzalo Ruz manifestó su disenso, proponiendo confirmar el fallo en alzada. La sentencia quedó notificada el 23 de septiembre de 2026.