Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente interpuso una acción constitucional de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por no pronunciarse sobre su solicitud de nacionalización. La Corte Suprema analizó la conducta del Servicio a la luz de la Ley N° 19.880 y de los principios de celeridad, conclusividad, economía procedimental e inexcusabilidad. Se constató que la autoridad dilató la respuesta, incumpliendo el artículo 27 de dicha ley y vulnerando la igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución. La dilación fue calificada como ilegal y arbitraria. En consecuencia, la Corte revocó la sentencia apelada y acogió el recurso de protección, ordenando al Servicio emitir pronunciamiento dentro de sesenta días corridos. El Ministro Gonzalo Ruz votó en contra, proponiendo confirmar el fallo en alzada.