Resumen del criterio jurisprudencial
La Fiscalía acusó al imputado como autor del delito de quebrantamiento de condena. La Defensa solicitó su absolución por atentar contra el principio de la oportunidad; por tener la pena solicitada el carácter de accesoria, y por ser el artículo 90 del Código Penal una ley penal en blanco. El Tribunal desestimó las alegaciones de la Defensa y consideró configurado el delito por el cual se acusó. Respecto del principio de la oportunidad estableció que es al Ministerio Público a quien compete determinar tanto la forma como la oportunidad del ejercicio de la acción penal. En cuanto a las dos restantes alegaciones, argumentó que se trata de un ilícito específico que contempla un hecho nuevo e independiente con una sanción que adquiere para esta infracción el carácter de pena.