Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Dirección del Trabajo, en el que una persona que había formulado una denuncia pidió acceso a la carpeta de fiscalización derivada de ella. El Consejo ordenó entregar el documento de activación de la fiscalización y las partes del informe de fiscalización en que se había tarjado la identidad del denunciante, porque esos antecedentes se vinculan con su propia denuncia y los hechos denunciados son de acción popular según la normativa laboral. Se rechazó la entrega del restante contenido de la carpeta referido a trabajadores de la empresa fiscalizada involucrados en el proceso, por afectar el cumplimiento de las funciones del organismo y los derechos de quienes declararon, y también datos personales de terceros, con base en el artículo 21 N° 1 y 2 de la Ley de Transparencia. Asimismo, se rechazó la solicitud de cronología de gestiones, pues el informe ya consignaba las fechas de las diligencias realizadas. La resolución recomendó una entrega por medio alternativo al presencial, dado el estado de excepción constitucional de catástrofe por salud pública.