Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal acoge un reclamo en contra de una liquidación. el fallo se basa en el análisis de antecedentes aportados por el contribuyente en el reclamo que desvirtuaban los fundamentos del cobro. el servicio argumenta sustancialmente que el contribuyente no aportó oportunamente, durante la etapa de fiscalización los antecedentes que fundan el reclamo. en consecuencia, el servicio actuó conforme a derecho y a los antecedentes entonces disponibles. el tribunal sólo puede analizar si la actuación del servicio se ajusta a derecho en el citado contexto y no puede analizar nuevos antecedentes aportados en el reclamo pues si así lo hiciese, se estaría haciendo una nueva auditoría y se permitiría al contribuyente aprovecharse de propio dolo. el tribunal y la ilustrísima corte de apelaciones rechazan la tesis del servicio. el artículo 21 del c.t. impone una carga al contribuyente en la etapa administrativa y la falta de aporte de antecedentes habilita al servicio para efectuar cobros, pero ello no impide aportar luego, en el reclamo, nuevos antecedentes. la tesis del servicio implica limitar, sin respaldo legal, el control jurisdiccional. la ley expresamente dispone que el contribuyente puede aportar antecedentes y consagra el principio de libertad probatoria. la exclusión probatoria del artículo 132 inciso 11° del c.t. establece una hipótesis particular en que puede limitarse el aporte de antecedentes en el reclamo. la ilustrísima corte de apelaciones de valdivia confirmó el fallo.