Resumen del criterio jurisprudencial
En la causa se alcanzó una conciliación parcial en relación en relación con dos puntos: se elimina un agregado de $10.000.000 por retiros personales que se había declarado por error, y se deja sin efecto liquidación basada de tasación de base imponible, aceptándose rectificatoria presentada por el contribuyente. en relación con la parte no conciliada de la controversia, el contribuyente tributaba bajo régimen de renta presunta. el año 2014 excedió el monto de ventas, por lo que el año 2015 (at 2016) le correspondía tributar bajo renta efectiva. sin embargo, siguió declarando como si se encontrara bajo renta presunta. la cuestión bajo discusión (luego de la conciliación parcial) es si determinados inmuebles formaban o no parte del activo de la empresa, y si debía, en consecuencia, tributarse por el mayor valor obtenido en su posterior venta. al respecto, el tribunal, luego de analizar la prueba aportada, estableció que efectivamente ellos inmuebles formaban parte del activo indicado, por lo que no dio lugar al reclamo en relación con el punto. reclamante presentó recurso de apelación ilustrísima corte de apelaciones confirmó lo resuelto en primera instancia no se presentó casación