Resumen
Dictamen de la Contraloría General de la República sobre el derecho a percibir la indemnización del artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070 y la bonificación por retiro voluntario del artículo 2° transitorio de la ley N° 20.158. La recurrente, que cumplía los requisitos legales, solicitó la indemnización antes del 8 de febrero de 2011, bajo la interpretación contenida en el pronunciamiento de 2008, que estaba vigente a esa fecha. Por ello, la Contraloría resolvió que tiene derecho a que el municipio respectivo le pague dicha indemnización, en los términos que la jurisprudencia vigente al momento de su requerimiento establecía. El organismo recordó que sus dictámenes son obligatorios y vinculantes para los servicios fiscalizados, y que su incumplimiento por funcionarios municipales y autoridades edilicias puede acarrear responsabilidad administrativa.