Resumen del criterio jurisprudencial
Sentencia rechaza el reclamo. la cuestión debatida fue estrictamente jurídica y apuntó a si el servicio, al acoger la solicitud de modificación de avalúo, debió hacerlo al primero de enero del año de solicitud, o a la misma fecha de tres años antes, es decir, en forma retroactiva con el límite del plazo de prescripción. la cuestión se encuentra regulada en el artículo 13 de la ley 17.235. conforme a tal norma, la modificación regirá desde la fecha en que estuvo vigente el avalúo que contenía el error. en la especie, el avalúo que se modifica es del año 2016, por lo que procede la modificación a contar de tal fecha. en consecuencia, no corresponde su aplicación con efecto retroactivo con el límite del plazo de prescripción como pretende el reclamante. la sentencia no fue apelada.