Resumen del criterio jurisprudencial
No obstante haberse allanado a la denuncia, el tribunal debe analizar la prueba aportada por el sii al momento de hacer la denuncia, ya que el tribunal es competente desde el momento en que se notifica el acta de denuncia. al tratarse de una denuncia que se basa en el hecho de haber el contribuyente adulterado los montos de las operaciones consignados en las boletas de venta, anotando en el original un monto menor al de la operación real, el tribunal examinó los talonarios de boletas aportados por el sii donde se pudo comprobar que efectivamente éstas estaban remarcadas. comprobado el hecho, también se dio por comprobada la participación culpable de la representante por ser ella la persona que manejaba la caja del local comercial, emitía las boletas y cuando fue llamada a prestar declaración jurada ante funcionarios del sii, no dio una explicación plausible. en consecuencia, se confirma el acta de denuncia y se aplica a la contribuyente una multa.