TributarioAcoge

Se acoge el acta de denuncia de la dirección regional de antofagasta del sii, en cuanto…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el acta de denuncia de la dirección regional de antofagasta del sii, en cuanto a la infracción descrita y sancionada en el inciso 2° del artículo 97 n°4 del código tributario. en consecuencia, se aplica sanción pecuniaria al denunciado de un 100% de los impuestos defraudados, en razón de que el denunciado registró en su contabilidad facturas ideológicamente falsas, ocasionando un perjuicio fiscal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.