Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la omisión del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano (SERVIU) de resolver solicitudes de subsidio habitacional para la adquisición de viviendas usadas del Programa Fondo Solidario de Vivienda. El dictamen concluye que no es admisible que el servicio deje sin pronunciamiento solicitudes que no cumplen los requisitos exigidos, salvo texto expreso de rango legal en contrario. Explica que la reserva de recursos debe armonizarse con el artículo 62 del reglamento, que impide recibir nuevos antecedentes una vez agotados los fondos, de modo que la reserva sólo podía operar mientras existiera disponibilidad presupuestaria, que fue la causa real de la suspensión. En consecuencia, no advierte inconveniente jurídico para que las solicitudes pendientes sean rechazadas expresamente y de forma fundada, sin aplicar el artículo 65 de la Ley N° 19.880. Por último, indica que un eventual llamado especial para familias afectadas debe disponerse por resolución fundada del Ministro de Vivienda y Urbanismo, fijar qué requisitos serán obligatorios conforme al artículo 34 del Decreto N° 174, de 2005, y no exceder el 25% de los recursos del programa anual.