Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Municipalidad de Rancagua, que había denegado información sobre el período de trabajo de determinados servidores públicos, los periodos de licencia de una funcionaria durante 2021 y el proceso de reclutamiento de una persona. El Consejo fundó su decisión en que la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, obligación de rango constitucional. Ordenó entregar la información, previo tarjado de datos personales y sensibles, incluido el tipo de licencia médica o su diagnóstico, y la anonimización de los postulantes no designados en un concurso público. Rechazó el amparo respecto de los nombres de los candidatos y las rúbricas de puntajes del concurso para D.I.G.C., por estimar que los antecedentes entregados satisfacían el requerimiento, y respecto de la indicación de si una persona participó en el reclutamiento, por concurrir la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia.