Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió rechazar un amparo presentado por un particular contra el Instituto de Salud Pública, que pedía datos sobre casos de personas infectadas por VIH/SIDA, sífilis o sífilis congénita y gonorrea. El Consejo concluyó que el requerimiento fue derivado válidamente y en tiempo al Ministerio de Salud, conforme al artículo 13 de la Ley de Transparencia. Además, constató que el Ministerio ya había respondido la solicitud mediante un oficio de julio de 2018. Por no verificarse infracción alguna a la ley, el amparo fue rechazado por unanimidad, y se indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días.