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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por un particular en contr…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por un particular en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, que se había negado a entregar datos sobre casos notificados de VIH/SIDA y de sífilis o sífilis congénita, desagregados según la forma indicada en la solicitud durante el período consultado. El órgano sostuvo que la entrega permitiría identificar a los pacientes, por tratarse de datos personales y sensibles. El Consejo desestimó esa alegación, al considerar que la información requerida corresponde a datos estadísticos que, en su origen o por su tratamiento, no pueden asociarse a un titular identificado o identificable. En consecuencia, ordenó la entrega de los datos por comuna y provincia respecto de cada caso informado, con plazo de días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada y la obligación de acreditar su cumplimiento. Asimismo, representó a la Subsecretaria la infracción a los plazos de respuesta establecidos en la Ley de Transparencia, para que se adopten medidas que eviten su reiteración.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Los datos estadísticos sobre casos de VIH/SIDA y sífilis son información de carácter personal o sensible que no puede entregarse por la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que los datos requeridos son estadísticos y que, en su origen o por su tratamiento, no pueden asociarse a un titular identificado o identificable, por lo que desestimó la alegación de datos personales y sensibles. Ordenó la entrega de los datos por comuna y provincia.

¿Qué sucede si un órgano de la administración del Estado no responde a una solicitud de transparencia dentro de los plazos legales?

En este caso, el Consejo acogió el amparo contra la Subsecretaría de Salud Pública y representó a la Subsecretaria la infracción a los plazos de respuesta de la Ley de Transparencia, para que adopte medidas que eviten su reiteración.

¿Qué plazo tiene un organismo público para cumplir una orden de entrega de información dictada por el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó entregar los datos en un plazo de días hábiles contado desde que la decisión quede ejecutoriada, debiendo además acreditar su cumplimiento.

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