Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una exfuncionaria de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, quien pretendía la compensación en dinero de feriado no utilizado y el pago de la segunda cuota de la asignación de modernización del año 2014. El órgano concluyó que no procede la compensación del feriado: la trabajadora presentó su renuncia con efecto desde el 30 de junio de 2014 y, según su jurisprudencia, el feriado sólo aprovecha a quienes tienen la calidad de servidores públicos al momento de su término. Respecto de la asignación de modernización, la Contraloría aplicó los artículos 98 letra f) y 99 de la ley N° 18.834, que fijan un plazo de prescripción de seis meses desde que la cuota se hizo exigible. Como la cuota debió pagarse el 22 de junio de 2014 y el reclamo se formuló el 30 de diciembre de ese año, el derecho se encuentra prescrito, por lo que no analizó la procedencia del beneficio.