Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por una ciudadana en contra de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, por la negativa a entregar información sobre un proceso expropiatorio y documentación relacionada con un contrato. El Consejo acogió el amparo solo en cuanto a la información del proceso expropiatorio, teniendo por cumplida la obligación de informar, ya que el órgano indicó la fuente, el lugar y la forma en que dicha información está permanentemente disponible al público. Rechazó el amparo respecto de planos, informes, estudios, resoluciones, ordinarios, registros del libro de obras y demás actos relacionados con el contrato, por cuanto el órgano acreditó que esa información no obra en su poder y el Consejo no contó con antecedentes que desvirtuaran esa alegación. Se ordenó notificar la decisión y remitir a la solicitante copia de los descargos del órgano, y se indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos.