Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto en contra de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, relacionado con el diseño de un proyecto vial. El organismo fundó su negativa en que la información sería insumo de un nuevo estudio que aún será licitado, por lo que su entrega daría a los futuros proponentes un conocimiento anticipado que vulneraría el principio de igualdad entre oferentes y afectaría el privilegio deliberativo del órgano, según el artículo 21 N° 1, letra b), de la Ley de Transparencia. El Consejo desestimó la solicitud de subsanación requerida por el organismo, por no corresponder a ninguno de los requisitos del artículo 12 de la ley, y no acogió la invocación de derechos de terceros, por no encontrarse debidamente justificada conforme a la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos.