El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por un particular contra…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por un particular contra la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, que había negado la entrega de documentos sobre una obra consultada. El órgano requerido señaló que no disponía de más información que la ya entregada al solicitante y explicó las razones por las que no contaba con los documentos reclamados, sin que concurriera causal de reserva legal que justificara su denegación. Conforme a los artículos 5 y 10 de la Ley de Transparencia, sólo es pública la información que efectivamente obra en poder de los órganos de la Administración, por lo que no puede exigirse la entrega de información inexistente. Al no existir antecedentes que contradijeran lo sostenido por el órgano, el Consejo resolvió rechazar el amparo por unanimidad, procediendo contra esta decisión el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Resolución exenta N° 814
Oficio Ord. N° 3
Oficio Ord. N° 972
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Un órgano de la Administración está obligado a entregar información que no tiene en su poder según la Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que sólo es pública la información que efectivamente obra en poder del órgano, por lo que no puede exigirse la entrega de información inexistente. Como el órgano explicó que no disponía de los documentos reclamados y no había antecedentes que lo contradijeran, el amparo fue rechazado.
¿Cuándo procede rechazar un amparo de acceso a la información pública contra la Dirección de Vialidad?
En este caso, el Consejo rechazó el amparo porque la Dirección de Vialidad acreditó que no contaba con documentos adicionales a los ya entregados y no concurría causal de reserva legal que justificara denegar la entrega. El rechazo fue por unanimidad.
¿Qué recurso procede contra una decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo?
En este caso, contra la decisión del Consejo que rechazó el amparo procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente. El resumen no detalla plazos ni requisitos de ese reclamo.
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