Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información pública deducido en contra de la Municipalidad de Cabrero. La resolución ordena a la municipalidad entregar al solicitante los antecedentes que había requerido. Se advierte que el incumplimiento, una vez ejecutoriada la decisión, puede ser sancionado conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia, con multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente, y que la persistencia de la autoridad o jefatura requerida puede acarrear el duplo de la multa y suspensión en el cargo por cinco días. Se exige acreditar la entrega efectiva de la información ante el Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro de 15 días corridos desde la notificación, según los artículos 28 y siguientes de la ley.