El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra el Hospital San Juan de Dios…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra el Hospital San Juan de Dios de San Fernando por la negativa a entregar correos electrónicos intercambiados entre funcionarios del Servicio. Por mayoría, el Consejo rechazó el amparo, al considerar que la Ley de Transparencia no tiene la especificidad que exige la Constitución para restringir el derecho a la privacidad de las comunicaciones electrónicas (artículo 19 N°5), configurándose la causal de reserva del artículo 21 N°2. Una consejera votó en disidencia, sosteniendo que los correos generados desde una casilla institucional en el ejercicio de funciones públicas forman parte del proceso decisional y son información pública, sin concurrir causal de secreto. Sin embargo, la parte resolutiva del texto íntegro ordena la entrega de los correos institucionales solicitados, al no concurrir causal de secreto o reserva y tratarse de comunicaciones en el ejercicio de la función pública. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.
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