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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo interpuesto por un particular contra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo interpuesto por un particular contra el Hospital Víctor Ríos Ruiz de Los Ángeles, que buscaba acceder a información sobre las casillas de correo electrónico de determinados funcionarios del establecimiento. El Consejo rechazó el amparo. Para ello consideró que dar a conocer dichas casillas produciría una afectación al debido cumplimiento de las funciones del órgano, pues podría exponer a los funcionarios a comunicaciones y solicitudes que los distraigan de sus labores habituales. Además, tuvo en cuenta que el hospital cuenta con un sistema centralizado de recepción de correos electrónicos. Por ello, configuró la causal de reserva del artículo 21 N°1 de la Ley de Transparencia. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar vía Ley de Transparencia los correos electrónicos institucionales de funcionarios de un hospital público?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo que buscaba acceder a las casillas de correo de funcionarios del hospital. Estimó que su divulgación afectaría el debido cumplimiento de las funciones, pues podría generar comunicaciones que distraigan a los funcionarios de sus labores, y aplicó la causal de reserva del artículo 21 N°1 de la Ley de Transparencia.

¿Puede negarse el acceso a la información si el organismo ya tiene un sistema centralizado de recepción de correos?

En este caso, el Consejo consideró que el hospital cuenta con un sistema centralizado de recepción de correos electrónicos, lo que fue uno de los fundamentos para rechazar el amparo. Con ello, configuró la causal de reserva del artículo 21 N°1 de la Ley de Transparencia.

¿Qué recurso procede contra una decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo de acceso a la información?

En este caso, el resumen indica que contra la decisión del Consejo procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. Se trata de la vía que establece la Ley de Transparencia frente a resoluciones de este organismo.

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