El Tribunal Constitucional acogió una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalida…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, que excluía de forma absoluta la posibilidad de aplicar penas sustitutivas a la privación de libertad en el caso concreto de una persona imputada por infracción a la Ley de Control de Armas. La mayoría sostuvo que el derecho a castigar del Estado debe respetar principios constitucionales como la dignidad humana, la proporcionalidad de las penas, la igualdad ante la ley y la finalidad de reinserción social, y que esa exclusión general, sin atender a la gravedad concreta del delito ni al quantum de la pena, resultaba desproporcionada e irracional. Se precisó que las penas sustitutivas no implican impunidad, sino sanciones que restringen derechos y buscan la reinserción y la no reincidencia. Un ministro previno que también estuvo por acoger la impugnación, por considerar que debe dejarse al juez penal la decisión sobre la eventual concesión de la pena sustitutiva en las particularidades del caso.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 19, numeral 2, de Ley N° 19.537
artículo 19, inciso primero, numeral 3, de Ley N° 19.537
Tribunal ConstitucionalINAAcción De InconstitucionalidadAprehensión De Fiscales JudicialesAutoresControl De Constitucionalidad De Proyectos De LeyControl Preventivo De Ley InterpretativaDeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La República
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