El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad contra el artícul…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye ciertos delitos de las penas sustitutivas. La mayoría sostuvo que la norma vulnera el principio de proporcionalidad de las penas (artículo 19, N° 3, inciso sexto de la Constitución) y la igualdad ante la ley, al ser desproporcionada e irracional al impedir que el juez evalúe cada caso. Se argumentó que la privación de libertad debe ser la última ratio y que las penas sustitutivas buscan la reinserción social, sin ser impunidad. La sentencia destacó que la exclusión total de beneficios afecta la dignidad humana y el debido proceso, ordenando aplicar la norma con criterios de proporcionalidad.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
inciso primero, de Ley N° 19.537
artículo 19, numeral 2, de Ley N° 19.537
artículo 19, numeral 3, de Ley N° 19.537
artículo 1.1, de Constitución Política de la República
artículo 24, de Constitución Política de la República
Tribunal ConstitucionalINADerecho A La Libertad Personal Y Seguridad IndividualDeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaIgualdad Ante La LeyLey PenalPrincipio De InexcusabilidadTribunales De Justicia
Preguntas frecuentes
¿Puede el juez negar penas sustitutivas por completo a ciertos delitos sin evaluar el caso concreto en Chile?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió el requerimiento y sostuvo que la exclusión total de las penas sustitutivas del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 es desproporcionada e irracional porque impide al juez evaluar cada caso. Ordenó aplicar la norma con criterios de proporcionalidad.
¿La privación de libertad debe ser la última ratio en el derecho penal chileno?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que la privación de libertad debe ser la última ratio y que las penas sustitutivas buscan la reinserción social, sin constituir impunidad. Con esa base declaró inconstitucional la aplicación automática de la exclusión legal.
¿Vulnera la igualdad ante la ley y el principio de proporcionalidad excluir de penas sustitutivas a ciertos delitos sin margen de apreciación judicial?
En este caso, el Tribunal Constitucional estimó que la norma vulnera el principio de proporcionalidad de las penas y la igualdad ante la ley, por ser desproporcionada e irracional al impedir que el juez evalúe cada caso. También destacó que la exclusión total afecta la dignidad humana y el debido proceso.
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