Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el término de la relación laboral de un funcionario municipal, desvinculado por la causal del artículo 160, N° 3, del Código del Trabajo tras haber faltado a sus labores. El dictamen concluye que, si bien existían antecedentes suficientes sobre la ocurrencia del hecho, el municipio no realizó, antes de ordenar el cese, una breve investigación que incluyera oír al afectado y darle oportunidad de defenderse, por lo que debe subsanar esa omisión. Solo si el funcionario justifica la ausencia imputada, procederá su reincorporación y el pago de las remuneraciones correspondientes. El municipio deberá informar el cumplimiento en 15 días hábiles, y se reconsideran en lo pertinente oficios de la Contraloría Regional del Bío-Bío.