Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de reconsideración de un dictamen relativo al término de la relación laboral de una funcionaria municipal regida por el Código del Trabajo, por la causal del artículo 160 N° 3 (ausencias injustificadas). El organismo constató que las ausencias imputadas estaban acreditadas, pero advirtió que la municipalidad de Curacaví no realizó diligencias para ubicar a la funcionaria antes de poner término a la relación, privándola de la instancia de ser oída y de su derecho a defensa. En consecuencia, ordenó a la municipalidad adoptar las medidas necesarias para subsanar esa omisión, y reiteró la obligación de remitir los decretos que aprueban el inicio y término de la relación laboral, conforme al artículo 53 de la Ley N° 18.695. Asimismo, desestimó el argumento de que se trataba de una materia litigiosa, fundando su competencia en la fiscalización del personal municipal, incluido el sujeto al Código del Trabajo.