Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por un ciudadano en contra de la Corporación Municipal de Peñalolén, por no responder una solicitud de acceso a información sobre donaciones o aportes recibidos de personas jurídicas privadas en un período determinado. El Consejo estimó que se trata de información pública que debe obrar en poder del órgano, que este no evacuó descargos ni invocó causales de reserva, y ordenó entregar el listado con el desglose solicitado o, en caso de no haber recibido aportes, señalarlo expresamente. Asimismo, representó a la Alcaldesa y Presidenta de la Corporación la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad del artículo 11 letra h), por no responder dentro del plazo legal, y le exigió acreditar el cumplimiento de lo ordenado. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde su notificación.