Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel y acoge el recurso de amparo interpuesto por Genesis Amanda Marín Lugo contra el Servicio Nacional de Migraciones. La administración rechazó la solicitud de residencia definitiva y ordenó el abandono del país basándose en un supuesto certificado de antecedentes penales adulterado. Sin embargo, no existe prueba contundente que acredite la adulteración. La Corte considera que la actuación es ilegal por desproporcionada, ya que la amparada ha residido en Chile por años sin antecedentes penales en el país. Se deja sin efecto la resolución impugnada y se ordena a la autoridad migratoria continuar el procedimiento, otorgando un nuevo plazo de 180 días para presentar el certificado debidamente legalizado. La decisión se fundamenta en el artículo 7 de la Ley N° 21.325 y el artículo 21 de la Constitución Política.