El Consejo para la Transparencia conoció un amparo presentado por una persona natural e…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo presentado por una persona natural en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, relativo a antecedentes incorporados en un expediente administrativo que contienen datos personales y sensibles de una tercera persona. El órgano reclamado había denegado el acceso. El Consejo resolvió rechazar el amparo por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 19 N° 4 de la Constitución y con la ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada, al tratarse de información cuya entrega a personas distintas de su titular constituiría una comunicación de datos personales. La decisión fue adoptada por unanimidad de los consejeros presentes.
Normas citadas
Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.