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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por una empresa contra la S…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por una empresa contra la Superintendencia de Seguridad Social, que solicitaba copia del expediente sobre la calificación de enfermedad profesional de una trabajadora. El organismo había entregado antecedentes, pero la solicitud abarcaba documentos con datos sensibles. El Consejo rechazó el amparo porque su divulgación permitiría inferir el estado de salud de la titular, configurando la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 19 N° 4 de la Constitución y la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada. La decisión sigue criterios aplicados en amparos previos sobre información similar.

Normas citadas

  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 16.744
  • Ley N° 19.880
  • Artículo 4 de la ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 16.395
  • Ley N° 21.096
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un tercero puede pedir el expediente de calificación de enfermedad profesional de un trabajador a la Superintendencia de Seguridad Social?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo de una empresa que pedía copia del expediente, porque los documentos contienen datos sensibles de salud y su divulgación permitiría inferir el estado de salud de la trabajadora, configurando la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia.

¿Qué causal de reserva permite negar el acceso a información que revela datos de salud de una persona?

Según esta resolución, la causal es el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 19 N° 4 de la Constitución y la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada, pues la divulgación de los antecedentes permitiría inferir el estado de salud de la titular.

¿El Consejo para la Transparencia entrega la información si el organismo ya entregó algunos antecedentes del caso?

En este caso, el organismo había entregado antecedentes, pero la solicitud abarcaba documentos con datos sensibles, por lo que el Consejo rechazó el amparo, siguiendo criterios aplicados en amparos previos sobre información similar.

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