Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información pública presentado en contra de la Subsecretaría de Educación Superior. La controversia se refería a la entrega de copia de oficios intercambiados entre esa Subsecretaría, la Superintendencia de Educación Superior y/o la Contraloría General de la República. El Consejo estimó que se trataba de información de naturaleza pública, conforme al artículo 8° inciso 2° de la Constitución, y que no se alegaron causales de reserva. En consecuencia, ordenó la entrega de la información dentro del plazo fijado, con apercibimiento de la sanción del artículo 46 de la Ley de Transparencia. Si el órgano sostiene que no dispone de la información, deberá explicarlo y acreditarlo en la etapa de cumplimiento, y debe acreditar la entrega efectiva ante el Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en el plazo legal.