El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Sub…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Subsecretaría de Educación, relativo a la solicitud de información sobre contratos de trabajo y títulos académicos de funcionarios de dos escuelas especiales. Se acogió en cuanto la Subsecretaría no derivó el requerimiento a la Superintendencia de Educación, entidad competente para pronunciarse sobre dicha información según el artículo 13 de la Ley de Transparencia. En aplicación de los principios de facilitación y máxima divulgación, el Consejo derivó el requerimiento a la Superintendencia. Se rechazó el amparo respecto de los organigramas solicitados, por exceder el tenor de la solicitud original.
Normas citadas
Constitución Política de la República
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Compras (Dcto 250)
amparoDecisión de FondoOtros
Preguntas frecuentes
¿Qué debe hacer un organismo público si recibe una solicitud de información que corresponde a otra institución?
En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo porque la Subsecretaría de Educación no derivó la solicitud a la Superintendencia de Educación, que era la entidad competente según el artículo 13 de la Ley de Transparencia. El Consejo aplicó los principios de facilitación y máxima divulgación y derivó el requerimiento a esa Superintendencia.
¿Se puede pedir a un organismo público información sobre contratos de trabajo y títulos académicos de funcionarios de escuelas especiales?
En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo relativo a una solicitud de contratos de trabajo y títulos académicos de funcionarios de dos escuelas especiales. El Consejo resolvió que la Superintendencia de Educación es la entidad competente para pronunciarse sobre esa información.
¿Un amparo ante el Consejo para la Transparencia puede extenderse a información que no fue pedida en la solicitud original?
En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo respecto de los organigramas solicitados, porque excedían el tenor de la solicitud original. Así, el Consejo limitó su decisión a lo que efectivamente se había requerido.
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