Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Educación, ordenando la entrega de la información complementaria expuesta por el organismo en sus descargos. Lo anterior, toda vez que si bien el organismo se allanó al fundamento del amparo - respuesta incompleta o parcial- no acreditó la entrega efectiva de la respuesta complementaria acompañada en esta sede. Se rechaza el amparo en relación con las alegaciones del reclamante referidas a “2) Inexistencia de Respaldo Documental: No se entregaron los documentos que acreditan la transparencia del proceso de contratación, tales como el perfil del cargo, los criterios de selección y la evaluación de idoneidad. La omisión de estos elementos esenciales viola el Artículo 11, que exige facilitar el acceso a información completa. 3) Omisión sobre la Celeridad del Contrato: Se ignoró la solicitud de que el Seremi explicara y certificara la rapidez inusual de la contratación del Sr. (…) (contratado en la SEREMI el lunes 3 de marzo de 2025, solo tres días después de ser despedido del municipio el viernes 28 de febrero de 2025). Esta coincidencia temporal, sumada a la relación de amistad y política entre (...) y el Seremi (excolegas), plantea serias dudas de probidad y transparencia”; por improcedentes, ya que estas constituyen pretensiones que excede el tenor literal de la solicitud de acceso que dio origen al amparo.