Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones que había acogido un recurso de protección interpuesto por Franco Fabián Olivares Adaros en contra de la Tesorería General de la República. El recurrente impugnó las resoluciones y actuaciones administrativas de cobro ejecutivo de una deuda por financiamiento de estudios superiores, basada en la Ley N°20.027. La Corte sostiene que la acción de protección es de naturaleza cautelar y no constituye una instancia para declarar derechos que requieran debate o discusión propios de un procedimiento de lato conocimiento. En el caso, lo que se discute es la naturaleza jurídica del crédito y la competencia del tribunal, cuestiones que exceden el ámbito de esta acción constitucional. Por ello, se rechaza el recurso de protección interpuesto.