Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de un recurso de protección interpuesto por Fernando Fabián Alberto González Vásquez en contra de la Tesorería General de la República, por la emisión, notificación y ejecución de resoluciones y actuaciones administrativas de cobro mediante el procedimiento ejecutivo previsto en el Código Tributario, respecto de una deuda derivada del financiamiento de estudios superiores conforme a la Ley N°20.027. La Corte de Apelaciones había acogido el recurso, pero la Tesorería apeló. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y rechazó el recurso de protección. El tribunal sostuvo que la acción de protección es de naturaleza cautelar y no constituye una instancia para declarar derechos cuyo reconocimiento requiera debate o discusión propios de un procedimiento de lato conocimiento. En el caso, lo que se discute es la naturaleza jurídica del crédito y la determinación del tribunal competente y el procedimiento aplicable, cuestiones que exceden la naturaleza cautelar de la acción. Por lo tanto, la pretensión del recurrente no puede ser resuelta por esta vía.