El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra de Gendarmería de Chile, que buscaba acceder a la identidad de las personas que visitaron a un interno privado de libertad. El órgano reclamado se opuso a la entrega, por tratarse de datos personales. El Consejo resolvió rechazar el amparo, por configurarse la causal de reserva o secreto del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en relación con la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada. Lo decidió porque la divulgación de los nombres requiere autorización expresa tanto del interno como de sus visitantes, la que no fue acreditada. La decisión se fundó en criterios reiterados en diversas decisiones previas del Consejo. Contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.
Normas citadas
Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.