Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra Gendarmería de Chile, que requería la nómina de personas que cumplen actualmente penas efectivas por causas relativas a violaciones a los derechos humanos. La controversia se centraba en si esos datos debían entregarse sin tarjar nombres, apellidos y números de cédula de identidad, dado el régimen de protección de datos personales. El Consejo resolvió ordenar la entrega de la información sin tachaduras, por tratarse de antecedentes provenientes de fuentes accesibles al público, como los registros penitenciarios y las sentencias ejecutoriadas, y porque la Constitución y la ley reconocen el carácter público de las condenas penales. Además, ordenó acreditar el cumplimiento dentro de cinco días hábiles desde que la decisión quedara ejecutoriada, bajo apercibimiento legal. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.