El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra Gendarmería de Chil…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra Gendarmería de Chile, que había denegado la entrega de la nómina actualizada a marzo de 2020 de los internos condenados por crímenes de lesa humanidad o violaciones a los derechos humanos, en los centros penitenciarios de Punta Peuco, Colina 1 y en cualquier otro recinto del país. El órgano había invocado causales de reserva del artículo 21 N° 2 y N° 5 de la Ley de Transparencia, en relación con la Ley N° 19.628 sobre protección de datos personales y el D.L. N° 645. El Consejo desestimó dichas causales por considerar que la información proviene de un registro accesible al público que debe existir en cada centro penitenciario, y que la Constitución y la ley establecen el carácter público de los antecedentes sobre condenas penales, las cuales se encuentran en cumplimiento. Se ordenó entregar la información y acreditar su entrega ante el Consejo, y se encomendó notificar a la parte reclamante y a Gendarmería, quien debía notificar a los terceros involucrados.
Normas citadas
Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Procede negar el acceso a la nómina de internos condenados por crímenes de lesa humanidad invocando la protección de datos personales?
En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la reserva invocada por Gendarmería, porque la información proviene de un registro accesible al público que debe existir en cada centro penitenciario. Además, consideró que los antecedentes sobre condenas penales son de carácter público según la Constitución y la ley.
¿Puede Gendarmería reservar información sobre condenas penales de internos por aplicación de la Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo estimó que no concurrían las causales de reserva del artículo 21 N° 2 y N° 5 de la Ley de Transparencia, pues la Constitución y la ley establecen el carácter público de los antecedentes sobre condenas penales. Por ello, ordenó a Gendarmería entregar la información y acreditar su entrega.
¿Qué debe hacer un organismo cuando el Consejo para la Transparencia acoge un amparo de acceso a la información?
En este caso, el Consejo ordenó a Gendarmería entregar la nómina solicitada y acreditar esa entrega ante el organismo. Asimismo, encomendó notificar a la parte reclamante y a los terceros involucrados.
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