El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad promovido por la requirente respecto del artículo 67, N° 6, letra a), de la Ley N° 18.216, que excluye la aplicación de penas sustitutivas en ciertos delitos. Si bien el resumen interno sostenía una declaración de inadmisibilidad por inexistencia de gestión pendiente útil, la parte resolutiva del fallo transcrito corresponde a una sentencia que rechaza la impugnación. El Tribunal sostuvo que suprimir las penas sustitutivas en determinados delitos responde a una valoración legislativa legítima que busca el cumplimiento efectivo de la pena y respeta el principio de legalidad. Además, concluyó que no existe un trato discriminatorio, pues la parte requirente no acreditó una diferenciación ni planteó un test de igualdad que permitiera comparar situaciones equiparables, y que el legislador puede establecer un tratamiento distinto en delitos vinculados al control de armas, materia que la Constitución expresamente encarga regular.
Normas citadas
artículo 67, numeral 6, letra a), de Decreto con Fuerza de Ley N° 707
artículo 19, inciso primero, numeral 2
artículo 19, inciso sexto, numeral 3
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.