Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó los amparos presentados por una ciudadana contra la Superintendencia de Pensiones, que pedía información estadística sobre los montos y el número de solicitudes asociadas a los retiros de fondos previsionales, así como datos sobre los montos vinculados a los traspasos de fondos en relación con determinadas recomendaciones. El órgano reclamado respondió remitiendo enlaces a su página web, donde se encontraba disponible la información en el formato existente al momento de ingreso de las solicitudes, conforme al artículo 15 de la Ley de Transparencia. El Consejo estimó que no existían antecedentes suficientes para desvirtuar esa respuesta, y que cuando la información es de libre acceso resulta improcedente exigir su entrega, según el artículo 17 de la misma ley. Por ello, se concluyó que el órgano entregó la información que obraba en su poder.