Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido en contra de la Corporación Municipal de La Serena, relativo a antecedentes laborales de una funcionaria individualizada en la solicitud. El Consejo fundó su decisión en que la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, lo que obliga a transparentar las actuaciones de los funcionarios de la Administración del Estado ante la ciudadanía. Asimismo, desestimó la causal de afectación de derechos alegada por el tercero interesado, por no haberse acreditado que la divulgación pudiera afectar, de forma presente o probable y con suficiente especificidad, su vida privada, intimidad, integridad física o el funcionamiento del órgano. Se ordenó al órgano entregar la información, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y acreditar su cumplimiento ante el Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos.