Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra la Municipalidad de La Serena, debido a que la entidad edilicia informó que los antecedentes solicitados —entre ellos, permisos— no obran en su poder. El Consejo consideró que, conforme al artículo 10 de la Ley de Transparencia, solo puede exigirse la entrega de información que conste en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos o acuerdos, o en un soporte determinado. Al no existir los documentos requeridos, no procede ordenar su entrega, por lo que se desestimó el reclamo.