Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si los directores y secretarios ejecutivos de las corporaciones municipales creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior, deben presentar la declaración de intereses y patrimonio regulada por la ley N° 20.880. El organismo concluyó que sí, porque estas corporaciones, aunque no integran la Administración del Estado, tienen un predominante interés público, administran fondos y bienes públicos y asumieron funciones que debieron radicarse en las municipalidades, lo que genera riesgos de conflictos de intereses. Por ello, la obligación del artículo 4°, N° 8, de dicha ley resulta exigible a esas autoridades, quienes deben efectuar la respectiva declaración.