AdministrativoAcoge

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Paihuano, teniéndose po…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Paihuano, teniéndose por entregada extemporáneamente los antecedentes consignados en los numerales 1°, 2° y 5° de la petición de acceso. Asimismo, se ordena la entrega de antecedentes relativos a las fiscalizaciones, denuncias, entre otros. Lo anterior, por cuanto este Consejo ha establecido que se encuentran amparadas por la Ley de Transparencia aquellas solicitudes que se refieran a información que puede desprenderse de los registros, antecedentes y fuentes de datos que el organismo reclamado mantenga en su poder. Adicionalmente, se encuentren asiladas por la Ley de Transparencia aquellas peticiones que implican elaborar documentos o respuestas, en tanto la información que allí se vuelque obre en poder de la Administración y no suponga un costo excesivo o un gasto no previsto en el presupuesto institucional. Asimismo, pues lo pedido cumple con el presupuesto de corresponder a información estadística, general e innominada, en los términos previstos en el artículo 2° literal e) de la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada: “Dato estadístico, el dato que, en su origen, o como consecuencia de su tratamiento, no puede ser asociado a un titular identificado o identificable”. Se representa al órgano la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia, como al principio de oportunidad consagrado en el artículo 11, letra h), del mencionado cuerpo legal, al no haber atendido la solicitud dentro del plazo legal.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.