AdministrativoAcoge

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Doñihue, referido a la ent…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Doñihue, referido a la entrega de diversa información sobre ordenanza ambiental vigente, respecto al procedimiento de denuncias, fiscalizaciones, denuncias e inspectores que se indica. Lo anterior, por tratarse de información de naturaleza pública, al alero de lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 8 de la Carta Fundamental, que obra en poder del órgano en alguno de los soportes documentales consignados en el inciso 2° del artículo 10 de la Ley de Transparencia, respecto de la cual, no es posible considerar atendida la solicitud, ni por configurada la causal de reserva o secreto de distracción indebida. Se hace presente que respecto de aquella parte de la solicitud referida a las denuncias consultadas, atendido que en el presente caso, lo requerido corresponde solamente a información estadística sobre total de denuncias (2023, 2024 y 2025-enero a junio), desagregadas por canal, materia, admisibilidad (acogida/no), derivación y fecha de cierre, antecedentes cuya entrega, a juicio de esta Corporación, al ser anonimizados, no tiene la entidad necesaria para verificar las hipótesis de reserva o secreto de afectación de derechos de terceros, es posible su entrega de forma anonimizada conforme se ha razonado en la decisión de amparo, en relación con la decisión de.

amparoDecisión de Fondo

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.