Resumen
La Contraloría General de la República ratificó su dictamen previo y ordenó a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado cumplir lo concluido en el dictamen 74.028, de 2010. La empresa debe reconocer que el trabajador, que se desempeñó como portaequipajes entre abril y noviembre de 1992, permaneció sujeto al régimen de jubilación, desahucio e indemnizaciones por accidentes del trabajo del decreto N° 2.259, de 1931, del antiguo Ministerio de Fomento, tal como ya lo había reconocido en su resolución N° 786, de 2009. La empresa había sostenido que el artículo 22 de su Ley Orgánica le impedía aplicar esas normas. El organismo desestimó ese argumento, concluyendo que el trabajador cumplió los requisitos del artículo 2° de la ley N° 6.832 y de las instrucciones internas de la empresa, y que una resolución ya notificada y con efectos legales no puede modificarse sin un cambio en las condiciones que la fundaron, lo que no se acreditó.