Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra el Servicio de Salud Antofagasta, por la denegación de información sobre los directores que ejercieron en el Hospital Dr. C.C. entre abril de 2004 y diciembre de 2005, indicando la calidad en que ejercieron el cargo. El Consejo consideró que se trata de información de carácter público, que no consta su entrega a la solicitante y que el órgano no alegó circunstancias de hecho ni causales de secreto o reserva que justificaran la denegación. Se ordenó la entrega, previa tarjación de datos personales y sensibles de contexto distintos del nombre, conforme al principio de divisibilidad y la Ley de Protección de la Vida Privada. Asimismo, se dispuso acreditar el cumplimiento, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia.